viernes, 3 de junio de 2016

¿Sabías que existe una norma de seguridad para la prevención en la operación y mantenimiento de la maquinaria y equipo?

NOM-004-STPS-1999

Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo.

 



Los accidentes y enfermedades de trabajo que llegan a presentarse en las empresas por ausencia de medidas de seguridad e higiene, han causado graves daños a los trabajadores y a la industria, lesionando también la economía familiar.

Así mismo, el desconocimiento y falta de capacitación de los trabajadores y patrones, son factores que impiden el desenvolvimiento de acciones preventivas que contribuyan a la aplicación o mantenimiento de las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo

Esta norma establece las condiciones de seguridad y los sistemas de protección y dispositivos para prevenir y proteger a los trabajadores contra los riesgos de trabajo que genere la operación y mantenimiento de la maquinaria y equipo.

Aplica en todo el territorio nacional y en todos los centros trabajo que por la naturaleza de sus procesos empleen maquinaria y equipo.

El empresario tiene como obligación:

● Mostrar a la autoridad laboral, cuando así lo solicite, los documentos que la presente Norma le obligue a elaborar.

● Elaborar un estudio para analizar el riesgo potencial generado por la maquinaria y equipo en el que se debe hacer un inventario de todos los factores y condiciones peligrosas que afecten a la salud del trabajador.

● En la elaboración del estudio de riesgo potencial se debe analizar:
a) las partes en movimiento, generación de calor y electricidad estática de la maquinaria y equipo.
b) las superficies cortantes, proyección y calentamiento de la materia prima, subproducto y producto terminado.
c) el manejo y condiciones de la herramienta.

● Para todo riesgo que se haya detectado, se debe determinar:
a) el tipo de daño.
b) la gravedad del daño.
c) la probabilidad de ocurrencia.

● En base al estudio para analizar el riesgo potencial, el patrón debe.
a) elaborar el Programa Específico de Seguridad e Higiene para la Operación y Mantenimiento de la Maquinaria y Equipo, darlo a conocer a los trabajadores y asegurarse de su cumplimiento.
b) contar con personal capacitado y un manual de primeros auxilios en el que se definan los procedimientos para la atención de emergencias.
c) señalar las áreas de tránsito y de operación.
d) dotar a los trabajadores del equipo de protección personal.

● Capacitar a los trabajadores para la operación segura de la maquinaria y equipo, así como de las herramientas que utilicen para desarrollar su actividad.

No solo es obligación de la empresa cumplir con los puntos anteriormente señalados, también los trabajadores forman parte de la prevención de accidentes, por lo que tienen la responsabilidad de:

● Participar en la capacitación que proporcione el patrón.

● Cumplir con las medidas que señale el Programa Específico de Seguridad e Higiene para la Operación y Mantenimiento de la Maquinaria y Equipo.

● Reportar al patrón cuando los sistemas de protección y dispositivos de seguridad de la maquinaria y equipo se encuentren deteriorados, fuera de funcionamiento o bloqueados.

● Utilizar el equipo de protección personal de acuerdo a las instrucciones de uso y mantenimiento proporcionadas por el patrón.

● Usar el cabello corto o recogido, no portar cadenas, anillos, pulseras, mangas sueltas u otros objetos que pudieran ser factor de riesgo durante la operación.

● Reportar al patrón cualquier anomalía de la maquinaria y equipo que pueda implicar riesgo.


Si aún no cuentas con tu estudio para analizar el riesgo potencial que genera la maquinaria y equipo, contáctanos:

Teléfono: 01 228 2 00 66 26
Celular: 22 82 09 11 62
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