lunes, 23 de mayo de 2016

NOM-002-STPS-2010



Condiciones de seguridad-Prevención y protección

contra incendios en los centros de trabajo




 ¿Conoces cuáles son tus obligaciones como patrón?


En la actualidad, no solo basta saber que existen normas de cumplimiento obligatorio a nivel federal, sino que éstas se apliquen dentro de los centros de trabajo. Tener presente que el desconocimiento de ellas no exime de su cumplimiento.

Por lo anterior, te damos a conocer un extracto de estas obligaciones patronales:



● Clasificar el riesgo de incendio del centro de trabajo o por áreas que lo integran, tales como plantas, edificios o niveles.

● Contar con un croquis, plano o mapa general del centro de trabajo, o por áreas que lo integran, actualizado y colocado en los principales lugares de entrada, tránsito, reunión o puntos comunes de estancia o servicios para los trabajadores. 

● Contar con las instrucciones de seguridad aplicables en cada área del centro de trabajo y difundirlas entre los trabajadores, contratistas y visitantes, según corresponda.

● Cumplir con las condiciones de prevención y protección contra incendios en el centro de trabajo.

● Contar con un plan de atención a emergencias de incendio.

● Contar con brigadas contra incendio en los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto.

● Desarrollar simulacros de emergencias de incendio al menos una vez al año, en el caso de centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio ordinario, y al menos dos veces al año para aquellos con riesgo de incendio alto.

● Elaborar un programa de capacitación anual teórico-práctico en materia de prevención de incendios y atención de emergencias, así como capacitar a los trabajadores y a los integrantes de las brigadas contra incendio, con base en dicho programa.

● Dotar del equipo de protección personal a los integrantes de las brigadas contra incendio, considerando para tal efecto las funciones y riesgos a que estarán expuestos.

● Contar en las áreas de los centros de trabajo clasificadas con riesgo de incendio ordinario, con medios de detección y equipos contra incendio, y en las de riesgo de incendio alto, además de lo anteriormente señalado, con sistemas fijos de protección contra incendio y alarmas de incendio, para atender la posible dimensión de la emergencia de incendio, mismos que deberán ser acordes con la clase de fuego que pueda presentarse.

 ● Contar con el acta y la minuta correspondientes a la verificación satisfactoria del cumplimiento de la  Norma, que emita la STPS, el dictamen de cumplimiento expedido por una unidad de verificación acreditada y aprobada ó el acta circunstanciada que resulte de la revisión, verificación, inspección o vigilancia de las condiciones para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo, por parte de la autoridad local de protección civil tratándose de centros de trabajo con riesgo de incendio alto.
 ● Exhibir a la autoridad del trabajo, cuando ésta así lo solicite, los documentos que la presente Norma le obligue a elaborar y poseer. 


Si tienes alguna duda sobre el cumplimiento de ésta o de los servicios que brindamos, contáctanos:



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Celular: 22 82 09 11 62
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Fuente: STPS 

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